La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato de concesión interpuesta por José Ildemaro Barrera García contra el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Se anula la sentencia de fecha 22 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, que había declarado sin lugar la demanda. La Sala ordena la reposición de la causa al estado de que se inicie nuevamente la relación, tras la notificación de las partes.
Extracto de la motiva
Conforme a los razonamientos previamente expuestos, esta Sala Accidental de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que: 1. ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato de concesión interpuesta por el ciudadano JOSÉ ILDEMARO BARRERA GARCÍA, en su condición de titular de la firma personal “INVERSIONES HERIL”, “Concesionaria Del Matadero Municipal de San Cristóbal Estado Táchira”, en contra del MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para que éste proceda “a protocolizar LA REFORMA ACORDADA POR LA CÁMARA MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL, AL CONTRATO DE CONCESIÓN (…)” que celebró con la demandante. 2. Se ANULA la sentencia de fecha 22 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes. 3. Se REPONE la causa al estado de que se inicie nuevamente la relación, luego de que conste en autos la notificación de las partes. Así se decide.
Dispositiva
Conforme a los razonamientos previamente expuestos, esta Sala Accidental de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que: 1. ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato de concesión interpuesta por el ciudadano JOSÉ ILDEMARO BARRERA GARCÍA, en su condición de titular de la firma personal “INVERSIONES HERIL”, “Concesionaria Del Matadero Municipal de San Cristóbal Estado Táchira”, en contra del MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para que éste proceda “a protocolizar LA REFORMA ACORDADA POR LA CÁMARA MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL, AL CONTRATO DE CONCESIÓN (…)” que celebró con la demandante. 2. Se ANULA la sentencia de fecha 22 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes. 3. Se REPONE la causa al estado de que se inicie nuevamente la relación, luego de que conste en autos la notificación de las partes. Así se decide.
Palabras clave
contrato de concesiónmunicipioejecución forzosacompetenciareforma contractualservicio públicoderecho administrativo