La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Seguros La Seguridad, C.A. contra la sanción impuesta por la Superintendencia de Seguros. La empresa aseguradora fue sancionada por elusión en el cumplimiento de sus obligaciones, al no demostrar la preexistencia de la enfermedad de la beneficiaria, lo que justificaba el rechazo del siniestro. La Sala concluye que la Superintendencia actuó dentro de sus competencias y que la empresa no probó fehacientemente su alegato de preexistencia, lo que llevó a la decisión de mantener la sanción.
Extracto de la motiva
La Superintendencia de Seguros impuso una multa a la empresa aseguradora por elusión en el cumplimiento de sus obligaciones, al no demostrar que la enfermedad de la beneficiaria era preexistente. La Sala observa que la empresa no presentó pruebas suficientes para justificar su negativa de indemnización, y que la Superintendencia actuó conforme a su facultad de supervisión y control sobre las aseguradoras. Se concluye que la empresa no cumplió con su deber de indemnizar el siniestro, lo que justifica la sanción impuesta.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto de la sociedad mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A., ahora MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. DE SEGUROS. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial, y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.