DecisiónAbrir articulación de ocho (8) días de despacho
Resumen
La sentencia se refiere a la apelación interpuesta por la contribuyente Shell Internationale Petroleum Maatschappij, B.V. contra una decisión del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar un recurso contencioso fiscal. La Sala Político-Administrativa del TSJ acordó abrir una articulación de ocho días para que las partes aleguen sobre la solicitud de remisión tributaria. Se destaca que la causa permanece suspendida hasta que se presente el finiquito otorgado por la Administración Tributaria.
Extracto de la motiva
Vistas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa este Alto Tribunal que el caso de autos fue remitido a esta Alzada en virtud de la apelación que intentara la representación judicial de la contribuyente Shell Internationale Petroleum Maatschappij, B.V., contra la sentencia de fecha 10 de octubre de 1994, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda, mediante la cual se declaró sin lugar el “recurso contencioso fiscal” interpuesto por la referida contribuyente, contra la Planilla de Liquidación No. 000061 de fecha 22 de abril de 1981, emitida por la Administración de Hacienda de la Región Capital, del entonces Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para las Finanzas), en concepto de impuesto sobre la renta, para el ejercicio fiscal coincidente con el año civil de 1977, por un monto de seiscientos quince mil cuatrocientos ochenta y tres bolívares con ochenta y un céntimos (Bs. 615.483,81). No obstante, advierte esta Sala que en el caso bajo análisis habiéndose tramitado la causa hasta “Vistos” (23 de febrero de 1995), la representación en juicio de la sociedad mercantil contribuyente, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Remisión Tributaria, dictada el 28 de marzo de 1996 y publicada en la Gaceta Oficial No. 35.945 del 24 de abril de 1996, manifestó la voluntad de su representada de acogerse al beneficio previsto en dicha Ley, quedando de esta forma suspendida la causa hasta tanto constara en autos el finiquito otorgado por la Administración Tributaria.
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA abrir una articulación de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la notificación de la presente decisión, a los fines de que las partes aleguen y prueben lo conducente con relación a la solicitud de remisión tributaria formulada por la contribuyente SHELL INTERNATIONALE PETROLEUM MAATSCHAPPIJ, B.V. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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