La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA A.F.T., C.A., acordó fijar un acto de resolución alternativa de conflictos. Se estableció que el acto se llevaría a cabo el décimo día de despacho siguiente a la última notificación, permitiendo a las partes exponer lo que consideren pertinente. La decisión busca promover los medios alternativos de solución de conflictos en el marco de los valores constitucionales.
Extracto de la motiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA fijar el ACTO DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS para las dos de la tarde (02:00 p.m.) del décimo (10°) día de despacho siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, en el Despacho del Magistrado ponente, para que cada una de las partes exponga lo que considere conducente. Así se declara.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los cuatro (04) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015).