Sentencia N° 1854 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01854, Exp. 2007-0974, 14/11/2007
Expediente2007-0974
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-13
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer un recurso de nulidad interpuesto por Oscar Antonio Rojas Hernández contra una resolución del Contralor General de la República. El Juzgado Superior Décimo había declinado la competencia, lo que llevó a la Sala a aceptar su jurisdicción en el caso. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que establecen la competencia del TSJ para conocer de actos administrativos del Poder Público Nacional.

Extracto de la motiva

La figura de la intervención se encuentra contemplada en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el cual se establece la potestad que tiene la Contraloría General de la República de hacer evaluaciones periódicas a los órganos de control fiscal con el fin de determinar la efectividad, eficiencia y economía con la que los mismos se encuentran operando y en razón de ello podrá tomar acciones tales como la intervención con el objeto de garantizar los fines de la figura contralora, siendo dichos actos decisiones anulables ante el Tribunal Supremo de Justicia, tal y como lo dispone el artículo 108 de la ley in commento. En este orden de ideas, el artículo 266 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contempla entre las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos, así como todos aquellos actos administrativos generales o individuales del Ejecutivo Nacional cuando sea procedente.

Dispositiva

1.- INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, (…). 2.- DECLINA la competencia ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo establecido en el numeral 31 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

nulidadamparo constitucionalintervencióncontraloríacompetenciaactos administrativosderecho de petición

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca