DecisiónSe declara la competencia para conocer de la demanda
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer de una demanda interpuesta por varios ciudadanos contra el Municipio Piar del Estado Monagas por la deficiente prestación del servicio público de distribución de alimentos. El Tribunal de Municipio Ordinario había declarado su incompetencia y remitido el caso a la Sala, la cual determinó que le corresponde a este último tribunal conocer de la demanda.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Establecido lo anterior, le corresponde a esta Sala determinar cuál es el órgano jurisdiccional competente para conocer de la “demanda por la deficiente prestación del servicio público de distribución de alimentos”, incoada por los ciudadanos Rudy Coromoto Zambrano Barreto, Rafael Sánchez Ávila, Lanny Esther Barreto Chacón, César David Maíz Márquez, Gustavo Fouccaltt Carrizalez, Jesús Rafael Luna Domínguez, Raúl José Valderrama y Deyanira Bastado de Rivas, previamente identificados, contra el Municipio Piar del Estado Monagas. En tal sentido, se observa que mediante decisión dictada el 13 de noviembre de 2018 el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declaró su incompetencia para conocer de la acción intentada y declinó su conocimiento en el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la misma Circunscripción Judicial con Competencia en el Estado Delta Amacuro, señalando que la pretensión de autos “se encuentra dirigida a denunciar actos administrativos y solicitar se re
Dispositiva
Se declara la competencia para conocer de la demanda por la deficiente prestación del servicio público de distribución de alimentos, correspondiendo al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
Palabras clave
competenciaservicio públicodistribución de alimentos