Sentencia N° 1846 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01846, Exp. 2007-0973, 14/11/2007
Expediente2007-0973
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Salvatore Macri Di Cara contra un decreto de expropiación emitido por la Alcaldía Metropolitana de Caracas. El recurrente argumentó la incompetencia del Alcalde para dictar actos expropiatorios y la falta de procedimiento adecuado, solicitando la nulidad del acto impugnado y un amparo cautelar. La Sala aceptó la competencia declinada por el Juzgado Superior Séptimo y decidió sobre la admisión del recurso y la procedencia de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, consideró que la Alcaldía Metropolitana de Caracas no tenía facultades para proceder a la expropiación, ya que el Alcalde no está expresamente autorizado por norma legal o constitucional para dictar actos de contenido expropiatorio. Se argumentó que la competencia no se presume y debe constatarse en texto expreso, lo que evidencia la incompetencia del Alcalde para dictar el decreto impugnado. Además, se destacó que no se siguieron las pautas procedimentales obligatorias establecidas en la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública, lo que acarrea la nulidad absoluta del acto recurrido. La Sala concluyó que la declaratoria de utilidad pública realizada era genérica e indeterminada, lo que constituye una infracción procedimental grave y un vicio de forma sancionable, por lo que se aceptó la competencia para conocer del recurso y se ordenó la admisión temporal del mismo.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia que le fuere declinada por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional por el abogado Jesús Arturo Bracho, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SALVATORE MACRI DI CARA. Desígnese ponente a los fines de pronunciarse sobre la admisión temporal del presente recurso de nulidad y la procedencia de la acción de amparo constitucional. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

nulidadexpropiacióncompetenciaamparo constitucionalprocedimiento administrativodecretoutilidad pública

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