Sentencia N° 1841 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01841, Exp. 2002-0690, 14/11/2007
Expediente2002-0690
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-13
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedentes las solicitudes de acumulación formuladas por las sociedades mercantiles Aventis Pharma, S.A. y Genven Genéricos Venezolanos, S.A. debido a que no es la oportunidad procesal para pronunciarse al respecto. Se establece que el recurso de nulidad contencioso administrativo aún no ha sido admitido formalmente por el Juzgado de Sustanciación, lo que impide la acumulación de causas.

Extracto de la motiva

A fin de resolver las solicitudes de acumulación formuladas tanto por la parte recurrente, así como por la representación judicial de la sociedad mercantil Genven Genéricos Venezolanos, S.A., quien adicionalmente ha manifestado su interés en ser parte en el presente juicio, esta Sala considera necesario formular previamente las siguientes consideraciones: Mediante escrito de fecha 9 de abril de 2003, las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil Genven Genéricos Venezolanos, S.A., solicitaron la acumulación de la presente causa con la sustanciada en el expediente signado con el número 2002-0617, relativo al recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Laboratorios Substantia, C.A., contra la Resolución N° 017 dictada el 18 de enero de 2002 por el entonces Ministerio de Salud y Desarrollo Social (publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.573 Extraordinario, del 23 de enero de 2002), mediante la cual se otorgó a la sociedad mercantil Genven Genéricos Venezolanos, S.A., la autorización de comercialización para el producto farmacéutico 'Atorvastatina'. A su vez, la causa antes identificada fue acumulada a la contenida en el expediente N° 2002-0619, junto con la contenida en el expediente N° 2002-0618, según sentencia de esta Sala N° 1788 del 18 de noviembre de 2003, por existir entre ellas identidad entre los elementos sujetos y objeto, por cuanto se observó que 'la sociedad mercantil LABORATORIOS SUBSTANTIA, C. A., actúa como recurrente en todas las causas (…) y a su vez, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, como sujeto pasivo (…) [y] en todos los casos la recurrente pretende la nulidad de la Resolución Nº 017'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTES por extemporáneas las solicitudes formuladas por la sociedad mercantil GENVEN GENÉRICOS VENEZOLANOS, S.A. y AVENTIS PHARMA, S.A., respectivamente, al no ser la oportunidad procesal para pronunciarse al respecto. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase al Juzgado de Sustanciación el presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el fallo de esta Sala N° 66 de fecha 21 de enero de 2003. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

acumulaciónrecurso contencioso administrativonulidadoportunidad procesalactos administrativosautorización de comercializaciónsociedades mercantiles

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca