La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide abrir una articulación probatoria a solicitud de la Cooperativa Avestruces Magdaleno 380, quien interpuso un recurso de nulidad contra la Resolución N° RI 591 del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. La resolución impugnada declaró sin lugar un recurso jerárquico interpuesto por la cooperativa. La Sala considera necesario esclarecer la legitimación activa de la cooperativa para actuar en este juicio, dado que se presentan dos personas jurídicas distintas en el proceso.
Extracto de la motiva
Conforme a la norma transcrita, este Máximo Tribunal estima prudente abrir una articulación probatoria por ocho (8) días de despacho, a los efectos de que la representación de la Cooperativa Avestruces Magdaleno 380, incorpore a los autos documentos fehacientes que permitan comprobar que se está en presencia de una nueva persona jurídica que sucede en sus derechos y obligaciones a la destinataria del acto recurrido, y así confirmar la certeza en sus apreciaciones. Dicha articulación se entenderá abierta de pleno derecho a partir del día siguiente a aquél en que conste en autos la práctica de las notificaciones de las partes. Así se decide.
Dispositiva
ORDENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, contados a partir del día siguiente a aquél en que conste en autos la práctica de las notificaciones de las partes, a objeto de que la COOPERATIVA AVESTRUCES MAGDALENO 380 alegue y pruebe lo que estime conducente en relación con su legitimación para actuar en el presente juicio.
Palabras clave
nulidadsuspensión de efectoscooperativaresolución administrativalegitimación activaderechosprocedimiento administrativoambiente