Sentencia N° 181 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de febrero de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00181, Exp. 2014-0783, 21/02/2018
Expediente2014-0783
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-02-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 01517, declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por el abogado José Gregorio Silva Bocaney contra un acto administrativo que dejó sin efecto su designación como Juez Provisorio. La decisión se fundamenta en la solicitud de cumplimiento de una sentencia anterior que solicitaba la evaluación del expediente administrativo del demandante para la posible concesión de un régimen de jubilación especial. La Sala determinó que, aunque se habían realizado notificaciones a diversas autoridades, la Dirección Ejecutiva de la Magistratura no había sido notificada, por lo que se acordó notificarla para que evalúe el expediente del abogado Silva Bocaney. Se le concede un plazo de treinta días hábiles para informar sobre la solicitud de jubilación especial. Finalmente, se establece que la decisión produce efectos a partir de la publicación de la sentencia número 01517, dictada el 15 de diciembre de 2016.

Extracto de la motiva

Finalmente, se advierte que el demandante expuso ‘en caso que sea acordado un régimen de jubilación especial al cual, vistos los años de servicio a la Administración en general y los años de servicio judicial al cual pueda acceder, sea incorporado al mismo (...) en caso de no acordarse el régimen anterior sea acordado una pensión de incapacidad o una jubilación graciosa.’ En orden a lo expuesto y visto que dicho beneficio se encuentra sujeto al cumplimiento de determinados requisitos, en aras de mantener la justicia social, esta Sala estima pertinente solicitar a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura que en caso que sea acordado ‘un régimen de jubilación especial’ se evalúe el expediente administrativo del abogado José Gregorio Silva Bocaney, a fin de verificar si cumple con los requisitos para que dicho beneficio le sea otorgado. Advierte la Sala que en el citado fallo se estimó pertinente solicitar a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura que evalúe el expediente administrativo del abogado José Gregorio Silva Bocaney, para verificar si cumple con los requisitos para que el beneficio de jubilación especial le sea otorgado. Ahora bien, advierte la Sala que no ha sido notificada la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, razón por la cual, este Máximo Tribunal acuerda notificar a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, para que dicho órgano evalúe el expediente administrativo del abogado José Gregorio Silva Bocaney, a los fines de verificar si cumple con los requisitos para que el beneficio de jubilación especial solicitado le sea otorgado. Se le concede un lapso de treinta (30) días hábiles contados a partir que conste en autos su notificación para informar a esta Sala sobre dicha solicitud. Se establece que la presente decisión produce todos sus efectos a partir de la publicación de la sentencia número 01517 el 15 de diciembre de 2016. Así se determina.

Dispositiva

Por las consideraciones precedentes, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad ejercida por el abogado José Gregorio Silva Bocaney, actuando en su propio nombre, contra el acto administrativo dictado por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA y notificado al demandante mediante oficio distinguido con el alfanumérico CJ-13-4357, por el cual se dejó sin efecto su designación en el cargo de Juez Provisorio del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. En consecuencia queda FIRME el acto administrativo.

Palabras clave

jubilaciónadministrativamagistraturajusticiabeneficiosevaluación

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