Sentencia N° 1801 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de noviembre de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01801, Exp. 2000-0274, 20/11/2003
Expediente2000-0274
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2003-11-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda por cumplimiento de contrato interpuesta por CONSORCIO NACIONAL AEROMAPAS SERAVENCA, C.A. contra FUNDACOMUN, argumentando que la demandante no cumplió con las obligaciones contractuales. Asimismo, se aceptó la reconvención de FUNDACOMUN, resolviendo el contrato por incumplimiento de la parte actora. La decisión se fundamenta en la falta de entrega de productos acordados y en la extemporaneidad de los pagos por parte de la demandante.

Extracto de la motiva

En el presente caso, Consorcio Nacional Aeromapas Seravenca, C.A. demandó el cumplimiento del contrato de servicios celebrado con FUNDACOMUN, denominado Asistencia Técnica para el Mantenimiento, Actualización, Levantamiento Parcelario y Automatización del Sistema de Información Catastral para el Componente de Capacitación y Asistencia Técnica Municipal del PROMUEBA, en los Municipios Alberto Arbelo, Bolívar, Cruz Paredes, Obispos y Pedraza; y Actualización, Mantenimiento y Levantamiento Parcelario en el Municipio Barinas del Estado Barinas, el cual sería ejecutado en cuatro fases a realizarse en un plazo de seis meses contados a partir de su suscripción. Por su parte, el ente demandado adujo, en primer lugar, la falta de cualidad de la actora para intentar o sostener el presente juicio, pues en su criterio, ésta no ha dado cumplimiento al contrato y, por lo tanto, no le está dado accionar la ejecución o resolución del mismo conforme a lo establecido en el artículo 1.167 del Código Civil. En segundo lugar, opuso la excepción non adimpleti contractus, argumentando que no ha procedido a realizar los respectivos pagos por cuanto la demandante no hizo entrega de la totalidad de los productos estipulados en el contrato, incumpliendo de esta forma con su obligación. Adicionalmente, FUNDACOMUN interpuso reconvención alegando que han transcurrido tres años sin que se hubiese hecho efectiva la entrega de los productos a que se refiere el contrato; y por cuanto debieron ser entregados en un plazo de seis meses, solicita la resolución del mismo.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato incoada por la sociedad mercantil CONSORCIO NACIONAL AEROMAPAS SERAVENCA, C.A. contra la FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y FOMENTO MUNICIPAL (FUNDACOMUN). 2.- CON LUGAR la reconvención propuesta en el presente juicio. En consecuencia se declara RESUELTO el contrato de servicios denominado Asistencia Técnica para el Mantenimiento, Actualización, Levantamiento Parcelario y Automatización del Sistema de Información Catastral para el Componente de Capacitación y Asistencia Técnica Municipal del PROMUEBA, en los Municipios Alberto Arbelo, Bolívar, Cruz Paredes, Obispos y Pedraza; y Actualización, Mantenimiento y Levantamiento Parcelario en el Municipio Barinas del Estado Barinas, celebrado entre las partes en fecha 19 de diciembre de 1997. Se condena en costas a la sociedad mercantil CONSORCIO NACIONAL AEROMAPAS SERAVENCA, C.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

cumplimiento de contratoreconvencionincumplimientoserviciosFUNDACOMUNCONSORCIO NACIONAL AEROMAPAS SERAVENCAmoracontrato administrativo

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