La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara que no tiene materia sobre la cual decidir en relación con el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana Regina Mendoza de Biaggi contra el acto de destitución dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala argumenta que la Administración ha satisfecho la pretensión de la recurrente al otorgarle el derecho a la jubilación, lo que cesa los efectos del acto recurrido. Además, se destaca que la recurrente no mostró interés en continuar con la causa, evidenciado por su ausencia en el acto de informes.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara QUE NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en relación con el recurso contencioso administrativo de anulación intentado por los apoderados judiciales de la ciudadana REGINA MENDOZA DE BIAGGI, contra el acto dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÒN DEL SISTEMA JUDICIAL, el 3 de julio de 2001, mediante el cual se le destituyó del cargo de Juez del Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo. Notifíquese a las partes.
Palabras clave
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