Sentencia N° 1797 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01797, Exp. 2006-1901, 08/11/2007
Expediente2006-1901
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-07
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso de nulidad y acción de amparo constitucional interpuesto por la abogada Albania José Pereira Querares contra un acto administrativo que dejó sin efecto su designación como Jueza temporal. La Sala Accidental, presidida por el Magistrado Levis Ignacio Zerpa, analizó la admisibilidad del recurso y la acción de amparo, concluyendo que no se verificaron las causales de inadmisibilidad y admitiendo el recurso de nulidad. Sin embargo, se declaró improcedente la acción de amparo cautelar, argumentando que no se cumplían los requisitos necesarios para su procedencia.

Extracto de la motiva

Es preciso señalar, conforme a la citada sentencia, que la competencia para conocer del recurso de nulidad y del amparo cautelar ejercidos conjuntamente, será determinada por la competencia para conocer de la acción principal. Ello conduce a la determinación previa de la competencia para conocer de la nulidad de autos. En tal sentido, se observa lo siguiente: Se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares, emanado de la Comisión Judicial, mediante el cual se acordó dejar sin efecto la designación de la recurrente en el cargo de Jueza temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en razón de las observaciones presentadas ante ese Despacho. Así, observa esta Sala que la Comisión Judicial es una dependencia administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, órgano de rango constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 de la Constitución vigente; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, resulta esta Sala competente para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

1. Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar, por la abogada ALBANIA JOSÉ PEREIRA QUERALES, asistida por el abogado Rafael Guillermo Maluenga Hurtado, contra el acto administrativo de fecha 21 de febrero de 2006, dictado por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, mediante el cual se acordó dejar sin efecto la designación de la recurrente en el cargo de Jueza temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en razón de las observaciones que fueron formuladas por ante ese Despacho; acto que fue confirmado en fecha 28 de marzo de 2006 al haberse declarado sin lugar el recurso de reconsideración ejercido. 2. ADMITE el referido recurso de nulidad, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción. De ser procedente su admisión, el Juzgado de Sustanciación ordenará la continuación del proceso, con la práctica de las notificaciones de ley, y la publicación del cartel de emplazamiento, de conformidad con lo previsto en el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. 3. Declara IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar propuesta.

Palabras clave

recurso de nulidadacción de amparoderecho a la defensadebido procesoestabilidad en el cargoComisión JudicialPoder Judicialtutela judicial efectiva

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca