DecisiónSe ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de dar inicio al lapso de cinco (5) días de despacho para que las partes expongan lo que estimen pertinente, en lo relativo al expediente administrativo consignado por la Administración Tributaria.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 01134, ordenando la reposición de la causa al estado de dar inicio al lapso de cinco días para que las partes expongan lo que consideren pertinente respecto al expediente administrativo. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, reconociendo la incertidumbre generada por la falta de otorgamiento del lapso de contradicción a las partes. Además, se anuló un auto anterior que había sido dictado por la Secretaría de la Sala.
Extracto de la motiva
motivación del Acta de Reparo (…) no solo se produce cuando faltan de forma absoluta los fundamentos facticos y jurídicos que sirven de base del acto administrativo, sino que puede incluso verificarse en casos en los que habiéndose expresado las razones de lo dispuesto en el acto decisión de que se trate, éstas, sin aspecto de motivación, haciéndola incomprensible, imprecisa, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 17 confusa [asimismo, señaló] que la fiscalización determina una diferencia de impuesto a pagar de Bs. 274.861,36 para los períodos impositivos de enero de 2007 hasta diciembre de 2009 sin detallar como obtuvo dicho monto, ni la fórmula de cálculo utilizada para llegar a dicho resultado (…)”. (Sic). (Corchetes de la Sala).
Dispositiva
Se ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de dar inicio al lapso de cinco (5) días de despacho para que las partes expongan lo que estimen pertinente, en lo relativo al expediente administrativo consignado por la Administración Tributaria. Se ANULA el auto dictado por la Secretaría de esta Sala Político-Administrativa de fecha 11 de febrero de 2025.
Palabras clave
reposicioncausaderecho a la defensadebido procesoadministracion tributaria