Sentencia N° 1783 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01783, Exp. 1994-10560, 08/11/2007
Expediente1994-10560
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la apelación interpuesta por el Fisco Nacional, revisó la sentencia dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar los recursos contencioso tributarios de la contribuyente Pinturas International, C.A. La Sala determinó que la causa se encontraba suspendida debido a la falta de un finiquito otorgado por la Administración Tributaria, lo que condiciona el avance del proceso. Por lo tanto, se acordó abrir una articulación de ocho días para que las partes presenten pruebas relacionadas con el finiquito requerido.

Extracto de la motiva

Vistas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa esta Sala que el caso de autos fue remitido a esta Alzada en virtud de la apelación que intentara el Fisco Nacional, contra la sentencia s/n dictada el 17 de diciembre de 1993 por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda, que declaró con lugar los recursos contencioso tributarios interpuestos subsidiariamente a los recursos jerárquicos por la contribuyente Pinturas International, C.A., contra las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo Nros. HRZ-500-00119, HRZ-500-00120, HRZ-500-00121, HRZ-500-00122, todas de fecha 05 de octubre de 1987, emitidas a su cargo, por concepto de impuesto sobre la renta y multa, por montos “de Bs.106.705,40, Bs.104.783,60; Bs.799.255,14, Bs.818.431,51; Bs.1.173.729,43, Bs.1.232.415,90; y, Bs.1.285.374,84, Bs.1.915.743,61, respectivamente”, correspondientes a los ejercicios fiscales comprendidos desde el 01 de septiembre de 1977 hasta el 31 de agosto de 1982. No obstante, advierte esta Sala que en el caso bajo análisis habiéndose tramitado la causa hasta “Vistos” (02 de junio de 1994), la representación en juicio de la sociedad mercantil contribuyente, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Remisión Tributaria, dictada el 28 de marzo de 1996 y publicada en la Gaceta Oficial N° 35.945 del 24 de abril de 1996, manifestó la voluntad de su representada de acogerse al beneficio previsto en dicha ley, quedando de esta forma, suspendida la causa hasta tanto constara en autos el finiquito otorgado por la Administración Tributaria.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA abrir una articulación de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la notificación de la presente decisión, a los fines de que las partes aleguen y prueben lo conducente en relación con el referido instrumento (finiquito) y la solicitud de remisión tributaria formulada por la sociedad mercantil PINTURAS INTERNATIONAL, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelaciónremisión tributariaimpuesto sobre la rentamultafiniquitoPinturas InternationalFisco Nacionalsuspensión del proceso

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