DecisiónORDENA notificar a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA JORALPA, C.A.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 00077, declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de bolívares interpuesta por varias empresas contra el Municipio Pampanito del Estado Trujillo. Se ordenó el pago de una cantidad significativa de bolívares más intereses moratorios desde una fecha específica. Posteriormente, se solicitó la ejecución voluntaria de la sentencia, la cual fue declarada por la Sala en enero de 2009, fijando un plazo para el cumplimiento por parte del Municipio demandado.
Extracto de la motiva
Conforme a lo anteriormente transcrito, la representación del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, manifiesta su voluntad de dar cumplimiento a lo ordenado en el fallo supra mencionado y en tal sentido, propuso presupuestar para el ejercicio fiscal 2011, la cantidad de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,00), a ser cancelados en el primer trimestre del referido ejercicio fiscal y la cantidad restante para ese ejercicio fiscal, que equivale a cien mil quinientos tres bolívares con ocho céntimos (Bs. 100.503,08) sería incluida en el crédito adicional más próximo que le fuera autorizado al Municipio durante el mismo ejercicio.
Dispositiva
ORDENA notificar a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA JORALPA, C.A., para que en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en el expediente la referida notificación, manifieste su conformidad o no con la propuesta de pago efectuada por la Síndica Procuradora del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, con el fin de continuar con la ejecución de la sentencia definitiva N° 00077 de fecha 23 de enero de 2008.