La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo, que se declaró incompetente por la cuantía para decidir la demanda de tacha de falsedad de documentos públicos. La Sala, tras analizar el caso, concluyó que la competencia corresponde a la jurisdicción ordinaria, ya que no se encuentran en juego intereses de la República o de algún ente político territorial. Por lo tanto, la Sala no aceptó la competencia declinada y planteó de oficio la regulación de la competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
motivaciones siguientes: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 14 I ANTECEDENTES Mediante escrito presentado el 27 de junio de 2022, el abogado Nelson Lugo, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Gloria Cr
Dispositiva
1.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, con sede en San Fernando de Apure, en la sentencia dictada el 9 de enero de 2023, mediante la cual se declaró incompetente y declinó en esta Sala Político-Administrativa de este Máximo Tribunal. 2.- PLANTEA DE OFICIO la regulación de la competencia, para que la Sala Plena de este Alto Tribunal determine cuál es el órgano jurisdiccional competente para decidir el asunto de autos.