Sentencia N° 1752 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de diciembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01752, Exp. 2004-0777, 03/12/2009
Expediente2004-0777
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-12-02
DecisiónConsumada la perención y en consecuencia, extinguida la instancia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia observada por el Juzgado de Sustanciación, considerando que la causa había estado paralizada desde el 20 de noviembre de 2007. Se determinó que no se habían realizado actos de procedimiento por las partes durante el lapso previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que llevó a declarar consumada la perención y extinguida la instancia. La decisión fue firmada por la Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero y publicada el 2 de diciembre de 2009.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación a la perención de la instancia observada por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala, bajo el fundamento de que la presente causa se encuentra paralizada desde el 20.11.07. Al respecto, esta Sala observa: Ha sido pacífico y reiterado el criterio conforme al cual la perención de la instancia constituye un medio de terminación procesal que opera por la no realización, en un período mayor de un año, de actos de procedimiento destinados a mantener en curso la causa (tal como lo preveía el artículo 86 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y ahora, el artículo 19, aparte decimoquinto, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela), o cuando se verifica alguna de las situaciones previstas en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que consagra las llamadas “perenciones breves” para supuestos específicos en los que la inactividad de las partes interesadas se produce en lapsos sensiblemente inferiores a un año. Se constituye entonces el instituto de la perención como un mecanismo de ley diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de Administración de Justicia se encuentren en la obligación de procurar la composición de causas, en las cuales no existe ningún tipo de interés de los sujetos de la litis.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióncompetenciatribunalprocedimientoinactividad

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