Sentencia N° 1745 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de diciembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01745, Exp. 2004-0224, 03/12/2009
Expediente2004-0224
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-12-02
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un recurso contencioso administrativo de nulidad. Se determinó que la causa había estado paralizada por más de un año, lo que llevó a declarar consumada la perención de la instancia. La decisión se fundamentó en la falta de interés de la parte actora, quien no realizó actos procesales para impulsar el juicio desde octubre de 2006.

Extracto de la motiva

La perención de la instancia constituye un mecanismo anómalo de terminación del proceso, en el sentido de que el pronunciamiento proferido por el operador de justicia que declare la perención no produce cosa juzgada material, pudiendo el accionante interponer nuevamente la acción en similares términos como fue propuesta anteriormente, siempre que se encuentre dentro del lapso legal establecido a tales fines. Este instituto procesal se constituye así en un mecanismo de ley diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de administración de justicia deban procurar la composición de causas en las cuales no existe interés de los sujetos procesales.

Dispositiva

Por los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad, contra los actos administrativos contenidos en la Circular Nº 0607 de fecha 28 de febrero de 2003 emanada de la DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Y CULTOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, (hoy Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia) y contra las Resoluciones Nos. 523 y 524, ambas de fecha 20 de agosto de 2003, dictadas por el MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA.

Palabras clave

perencióninstanciaprocesojusticiaCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciainactividadsanción

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