La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Carlos Alejandro Guzmán Bruzual contra la Resolución Nº 615 del Ministerio de Justicia, que ratificó su destitución del cargo de Sub-Inspector. El recurrente alegó vicios de nulidad en el procedimiento administrativo, argumentando violaciones al debido proceso y a la normativa aplicable, así como la falta de pruebas en su contra. Sin embargo, la Sala concluyó que la Administración cumplió con los requisitos legales y que las pruebas presentadas demostraron la negligencia del recurrente en el ejercicio de sus funciones.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el ciudadano Carlos Guzmán B., actuó de manera negligente en el cumplimiento de sus funciones, toda vez que en el desempeño de la guardia correspondiente al día 22 de febrero de 1995, tuvo conocimiento de una denuncia de apropiación indebida interpuesta por la ciudadana Doris Molina y no dejó constancia de ello en el registro de novedades de la misma; de igual manera no le entregó a la mencionada ciudadana copia de la constancia de la denuncia. Por otra parte, se evidenció que el recurrente utilizó su condición de funcionario policial para solicitarle a la citada ciudadana, dávidas a cambio de su libertad, al ser detenida por presunta simulación de hecho punible, y que participó en los maltratos físicos mientras estuvo detenida.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por los abogados Ana Teresa García, Cesar Musso Gómez y Asunción Frias, antes identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano CARLOS ALEJANDRO GUZMÁN BRUZUAL, contra la Resolución Nº 615 de fecha 3 de julio de 1998, emanada del MINISTERIO DE JUSTICIA (hoy, Ministro del Interior y Justicia) mediante el cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra el acto administrativo de fecha 3 de agosto de 1995, emanado de la Dirección General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas) que acordó la destitución del recurrente de su cargo de Sub-Inspector adscrito a la Comisaría El Paraíso de ese Cuerpo Policial.
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