La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad Industria Láctea Venezolana, C.A. (INDULAC) contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario que había declarado inadmisible el recurso jerárquico. Se anulan las decisiones administrativas que impusieron gravámenes por diferencia de impuesto de importación y multa, considerando que la exigencia de afianzamiento para la admisión del recurso jerárquico colide con el derecho a la defensa. La Sala establece que la normativa aplicable es la Resolución N° 3282 del Ministerio de Hacienda, que fijó el precio oficial de la leche en polvo entera.
Extracto de la motiva
La motivación de la decisión se centra en la aplicación de la sentencia N° 144 dictada por la Sala Constitucional que declaró la nulidad del artículo 133 de la Ley Orgánica de Aduanas, que exigía el pago o caución para la admisión de recursos jerárquicos. La Sala considera que esta exigencia vulnera el derecho a la defensa, permitiendo que la contribuyente impugnara la decisión administrativa sin el requisito de afianzamiento. Se concluye que la resolución administrativa que impuso los gravámenes es nula, ya que no se ajusta a derecho, y se ordena la anulación de los actos administrativos que impusieron las sanciones.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio INDUSTRIA LÁCTEA DE VENEZUELA, C.A. (INDULAC), contra la sentencia definitiva N° 0056/2005, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 27 de junio de 2005, la cual se REVOCA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido contra la Decisión Administrativa N° APM/AAJ/2001-4195 del 3 de julio de 2001, dictada por la Gerencia de la Aduana Principal de Maracaibo, que declaró inadmisible el recurso jerárquico ejercido por la contribuyente. En consecuencia, se ANULAN los referidos actos administrativos.
Palabras clave
Contencioso TributarioIndustria Láctea VenezolanaDerecho a la DefensaNulidad Administrativa