Sentencia N° 1725 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de octubre de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 01725, Exp. 1999-15856, 07/10/2004
Expediente1999-15856
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2004-10-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

El ciudadano Adib Naim Gómez Maldonado interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Resolución Nº 1039 del 16 de octubre de 1998, que confirmó su destitución del Cuerpo Técnico de Policía Judicial. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los antecedentes del caso y las alegaciones del recurrente, quien argumentó violaciones a varios artículos del Reglamento de Régimen Disciplinario del cuerpo policial. La Sala concluyó que el recurrente incurrió en faltas graves al no actuar conforme a su deber como funcionario policial.

Extracto de la motiva

Como se evidencia del Capítulo II de este fallo, la exposición de los argumentos en los que fundamenta el actor el presente recurso de nulidad, resulta confusa, en tanto que denuncia como quebrantados por la Administración, las disposiciones del Reglamento de Régimen Disciplinario del cuerpo policial, que constituyen el fundamento de derecho de la sanción adoptada en su contra. En efecto, conforme se observa al folio 81 del expediente administrativo, el recurrente fue destituido del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, por incurrir en las faltas contempladas en el artículo 12, literales a) y d), relativas a las faltas contra la obediencia debida, como son, el incumplir órdenes relativas al servicio y omitir la información al superior de hechos que está obligado a poner en conocimiento de la superioridad, o hacerlo con retardo, o no ceñirse a la verdad en la información; artículo 14, literal d), relativa a las faltas por extralimitación de funciones, como lo fue, el aprovecharse del cargo para obtener ventajas o beneficios; y el artículo 16, literales c) e i), consistentes en solicitar o aceptar de personas o entidades, obsequios, dádivas o promesas en asuntos relacionados con el servicio y tratar al público, a funcionarios o autoridades en forma desatenta o incorrecta.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado por el ciudadano ADIB NAIM GÓMEZ MALDONADO contra la Resolución Nº 1039 de fecha 16 de octubre de 1998, suscrita por el MINISTRO DE JUSTICIA, hoy Ministro del Interior y Justicia, confirmatoria de la medida de destitución acordada por el Director General Sectorial del Cuerpo Técnico de Policía Judicial. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial.

Palabras clave

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