Sentencia N° 172 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00172, Exp. 2004-2549, 01/02/2006
Expediente2004-2549
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-01-31
DecisiónDecaimiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos de un acto administrativo interpuesta por Lorenzo José Mercado Lárez. Se argumentó que la suspensión de efectos es una medida preventiva que busca evitar lesiones irreparables ante una eventual decisión anulatoria. Sin embargo, se determinó que la causa principal había perdido su objeto, lo que llevó a declarar el decaimiento de la solicitud de suspensión.

Extracto de la motiva

Es criterio reiterado de este Alto Tribunal, que la suspensión de efectos de los actos administrativos a que se refiere el aparte 21 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (antes artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), constituye una medida preventiva establecida por nuestro ordenamiento jurídico, mediante la cual, haciendo excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo, consecuencia de la presunción de legalidad, se procura evitar lesiones irreparables o de difícil reparación al ejecutarse una eventual decisión anulatoria del acto, porque ello podría constituir un atentado a la garantía del derecho fundamental de acceso a la justicia y al debido proceso. De igual modo, debe señalarse el carácter accesorio de las medidas preventivas respecto al destino de la causa principal, cuya terminación conllevaría consecuencialmente la extinción de la protección cautelar eventualmente acordada, por cuanto se pierde el objeto de la misma. Al respecto, esta Sala, en sentencia Nº 00046 de fecha 11 de enero de 2006, declaró el desistimiento del presente recurso de nulidad, como consecuencia del incumplimiento de la parte accionante en la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento dentro del lapso señalado por esta Sala en sentencia N° 5481, de fecha 11 de agosto de 2005, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.249, de fecha 12 de agosto de 2005, relativa al criterio establecido por esta Sala en cuanto a la interpretación dada al artículo 21, aparte undécimo in fine de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, dando así por terminado el procedimiento y por tanto, dejando sin objeto la pretensión cautelar deducida.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO de la solicitud de suspensión de efectos del acto recurrido, interpuesta por el ciudadano LORENZO JOSÉ MERCADO LÁREZ, asistido por el abogado Cesáreo José Espinal Vásquez, antes identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión en la pieza principal. Archívese el cuaderno separado. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

suspensión de efectosacto administrativonulidadderecho a la justiciadebido procesomedidas preventivasextinción de la causa

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