La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Eugenio Enrique Pirela Guerrero, único accionista de La Zuliana de Seguros, C.A., contra la denegatoria tácita del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas. Se argumenta que el recurrente ya había ejercido recursos administrativos que fueron respondidos, lo que llevó a la conclusión de que el análisis del caso debía realizarse en otro expediente relacionado.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el recurso contencioso administrativo de nulidad ha decaído, dado que el recurrente ya había tenido conocimiento de las decisiones administrativas previas y optó por seguir la vía administrativa nuevamente. Se destaca que la Superintendencia de Seguros había dado respuesta a los recursos interpuestos, lo que implica que el objeto del recurso actual ya no es pertinente.
Dispositiva
Se declara el decaimiento del objeto en el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por los apoderados judiciales del ciudadano Eugenio Enrique Pirela Guerrero, único accionista de la sociedad mercantil La Zuliana de Seguros, C.A., contra la denegatoria tácita del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas. Publíquese, regístrese y notifíquese.
Palabras clave
Contencioso AdministrativoNulidadAsunción de Activos