El ciudadano Augusto Germán Dávila Navas interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad y acción de amparo cautelar contra una resolución del Ministro de la Defensa que lo pasó a situación de retiro. La Sala Político-Administrativa admitió provisionalmente el recurso de nulidad, pero declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la acción de amparo propuesta es inadmisible de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se establece que el solicitante acudió a dos vías judiciales alternas para lograr una protección eficaz de sus derechos, lo que resulta incompatible con el carácter subsidiario que debe tener la acción de amparo. Por lo tanto, se declara inadmisible la acción de amparo cautelar ejercida conjuntamente con el recurso de nulidad.
Dispositiva
1.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por el ciudadano AUGUSTO GERMÁN DÁVILA NAVAS. 2.- Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar con el recurso de nulidad. Se ordena pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación.
Palabras clave
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