Sentencia N° 1711 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de octubre de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01711, Exp. 2003-1232, 04/11/2003
Expediente2003-1232
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-10-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió provisionalmente el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por Gerardo José Pérez Pernalete contra el acto denegatorio del Ministro de la Defensa. Sin embargo, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional solicitada, argumentando que el procedimiento seguido no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La decisión se fundamenta en la necesidad de proteger los derechos fundamentales, pero también en la observancia de los trámites legales correspondientes.

Extracto de la motiva

Es menester destacar que por sentencia N° 402, de fecha 20 de marzo de 2001, caso: Marvin Enrique Sierra, esta Sala Político-Administrativa, luego de concluir en la necesidad de reforzar la idea de una tutela judicial efectiva, consideró de obligada revisión el trámite que se le ha venido dando a la acción de amparo ejercida de forma conjunta, pues si bien con ella se persigue la protección de derechos fundamentales, ocurre que el procedimiento seguido al efecto se ha mostrado incompatible con la intención del constituyente de 1999, el cual se encuentra orientado a la idea de lograr el restablecimiento de derechos de rango constitucional en la forma más expedita posible. Por ello se estableció que el carácter accesorio e instrumental propio del amparo ejercido de manera conjunta, hace posible asumirlo en idénticos términos que una medida cautelar, con la diferencia de que el primero alude exclusivamente a la violación de derechos y garantías de rango constitucional, circunstancia ésta que por su trascendencia, hace aún más apremiante el pronunciamiento sobre la procedencia de la medida solicitada.

Dispositiva

1.- ADMITE a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano GERARDO JOSÉ PÉREZ PERNALETE, antes identificado, contra el acto denegatorio tácito producido al haber operado el silencio administrativo del MINISTRO DE LA DEFENSA, en la oportunidad de decidir el recurso de reconsideración intentado por el actor contra la RESOLUCIÓN Nº DG-19.163, de fecha 27 de noviembre de 2002, dictada por el mismo ente ministerial, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 37.580, de fecha 29 de noviembre de 2002, mediante la cual se decidió el pase del recurrente a la situación de retiro por medida disciplinaria. De ser procedente su admisión, el Juzgado de Sustanciación ordenará la continuación del proceso, con las notificaciones de ley, y la publicación del cartel de emplazamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar.

Palabras clave

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