DecisiónADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano GERMÁN RODOLFO VARELA LÓPEZ, asistido por los abogados Guillermo Heredia Rodríguez y Omar José Uzcátegui C., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DG-19281 de fecha 03 de diciembre de 2002, emanada del MINISTRO DE LA DEFENSA, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.583 de fecha 03 de diciembre de 2002, mediante la cual se decidió su pase a retiro por medida disciplinaria.
Resumen
El ciudadano Germán Rodolfo Varela López interpuso un recurso de nulidad y acción de amparo cautelar contra una resolución del Ministro de la Defensa que decidió su pase a retiro por medida disciplinaria. La Sala Político-Administrativa admitió provisionalmente el recurso de nulidad, destacando la necesidad de verificar la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa. Sin embargo, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar, argumentando que la solicitud de amparo no puede ser presentada de manera conjunta con la nulidad sin darle carácter subsidiario.
Extracto de la motiva
El recurso contencioso administrativo de nulidad se fundamenta en la alegación de vulneración de derechos fundamentales, específicamente el derecho a la defensa y al debido proceso, ya que el expediente administrativo fue instruido inaudita parte. El recurrente argumenta que no fue notificado de la iniciación del procedimiento y que se le impidió el acceso al Ministerio de la Defensa, lo que le ha impedido ejercer su defensa adecuadamente. Además, sostiene que la resolución impugnada se basa en disposiciones que no son de orden legal y que no se especifica la falta cometida, lo que vicia el acto de nulidad absoluta. La Sala, al examinar la admisibilidad del recurso, considera que la acción de amparo debe ser tratada de manera separada y no conjunta con la nulidad, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción de amparo.
Dispositiva
1.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano GERMÁN RODOLFO VARELA LÓPEZ, asistido por los abogados Guillermo Heredia Rodríguez y Omar José Uzcátegui C., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DG-19281 de fecha 03 de diciembre de 2002, emanada del MINISTRO DE LA DEFENSA, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.583 de fecha 03 de diciembre de 2002, mediante la cual se decidió su pase a retiro por medida disciplinaria. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar.
Palabras clave
nulidadamparoderecho a la defensadebido procesomedida disciplinariaresolución administrativatutela judicial efectiva