La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 24 de noviembre de 2009, se pronunció sobre la oposición a las medidas cautelares solicitadas por el FOGADE contra varios demandados. Se ordenó el desglose de un escrito de promoción de pruebas y se instó al Juzgado de Sustanciación a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas. La Sala enfatizó la importancia de garantizar el derecho a la defensa de las partes involucradas en el proceso.
Extracto de la motiva
Se observa que por decisión Nº 01981 del 05 de diciembre de 2007 la Sala, además de declarar sin lugar la apelación y ordenar el desglose del escrito de oposición a las medidas y sus anexos, ordenó la remisión del cuaderno separado al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se “pronunci[ara] sobre la articulación probatoria pendiente en la oposición a las medidas cautelares decretadas por la Sala”. Asimismo se advierte que sólo se efectúo el desglose del escrito de oposición a las medidas y sus anexos presentados por el apoderado judicial de la ciudadana Ana María Cristina GONZÁLEZ, y se omitió desglosar el escrito de promoción de pruebas de fecha 07 de marzo de 2006 también consignado por dicha representación judicial. Seguidamente, el Juzgado de Sustanciación mediante oficio Nº 012 de fecha 13 de enero de 2009 remitió el referido cuaderno de medidas, sin pronunciarse sobre la articulación probatoria abierta con motivo de la oposición a las medidas cautelares decretadas por esta Sala. En efecto, no ha habido pronunciamiento por parte del referido Juzgado sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas el 07 de marzo de 2006 por la mencionada representación judicial (documentales y exhibición del Libro de Actas de Junta Directiva de la Sociedad Financiera Fiveca, S.A.), que cursa en los folios 202 al 204 de la segunda pieza principal, escrito que estima la Sala debe desglosarse junto con sus anexos y agregarse en el cuaderno de medidas Nº AA40-X-2005-0049.
Dispositiva
ORDENA: 1.- El desglose del escrito de promoción de pruebas con sus respectivos anexos, presentados el 07 de marzo de 2006 por el representante judicial de la codemandada Ana María GONZÁLEZ en la pieza principal Nº 2 del expediente y agregarlos en el cuaderno de medidas Nº AA40-X-2005-000049. 2.- Que el Juzgado de Sustanciación proceda a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas en la incidencia abierta con motivo de la oposición presentada por la representación judicial de la referida ciudadana y que, de ser el caso, proceda a su evacuación. 3.- Que culminada dicha articulación probatoria se remita el mencionado cuaderno de medidas a esta Sala a los fines de emitir la decisión correspondiente.
Palabras clave
derecho a la defensamedidas cautelarespruebasoposiciónjusticiaprocedimiento civil