La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano José Manuel Mosquera contra la Resolución N° RI-454 del 17 de abril de 2006, que confirmaba la clausura de la Granja Porcina Hermanos Mosquera. La decisión se fundamenta en que la empresa no contaba con los permisos necesarios y no cumplía con la normativa ambiental vigente, lo que justificaba la acción administrativa del Ministerio del Ambiente. La Sala concluyó que no se configuraron los vicios alegados por el recurrente, como el de inmotivación o falso supuesto, ya que las pruebas presentadas demostraron el incumplimiento de las disposiciones legales.
Extracto de la motiva
La motivación del acto administrativo impugnado se basa en la constatación de que la Granja Porcina Hermanos Mosquera no contaba con un sistema de tratamiento para las aguas residuales generadas por su actividad, lo que contraviene la normativa ambiental. Se realizaron inspecciones que confirmaron que los efluentes eran vertidos sin tratamiento a un drenaje natural, superando los límites permitidos por la ley. La Sala también destacó que la empresa no había obtenido las autorizaciones necesarias para operar, lo que llevó a la decisión de clausura. En consecuencia, se desestimaron los alegatos del recurrente sobre vicios de inmotivación y falso supuesto, ya que el acto administrativo estaba debidamente fundamentado y motivado.
Dispositiva
1. Declarar Sin Lugar el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano SIN SUN LEÓN RAMÍREZ, apoderado del ciudadano JOSÉ MANUEL MOSQUERA, en contra de la Providencia Administrativa N° 01-00-13-05/2004-001 de fecha 02 de noviembre de 2004, emanada de la Dirección Estadal Ambiental Distrito Capital. 2. Confirmar en todas y cada una de sus partes la Providencia Administrativa N° 01-00-13-05/2004-001, de fecha 02 de noviembre de 2004, emanada de la Dirección Estadal Ambiental Distrito Capital.