El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, revisó la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario. La Sala determinó que la sentencia apelada incurrió en vicios de omisión de pronunciamiento y declaró nulas las resoluciones administrativas impugnadas por falta de competencia de la funcionaria que las firmó. Finalmente, se anuló la sentencia del tribunal inferior y se declaró con lugar el recurso contencioso tributario.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representante judicial del Fisco Nacional. En consecuencia, se ANULA la sentencia dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 19 de enero de 2000. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto contra las Resoluciones Culminatorias de Sumario Administrativo Nos. HCF-PEFC-SA-00861 y HCF-PEFC-SA-00862, ambas del 9 de agosto de 1994, las cuales se declaran NULAS. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.