Sentencia N° 17 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00017, Exp. 2005-5471, 11/01/2006
Expediente2005-5471
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2006-01-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. Se determinó que la competencia para conocer de la demanda interpuesta por el ciudadano Omar Alexis Barrios Castiblanco contra la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dado que la controversia se relaciona con la calificación de despido y derechos laborales de un docente universitario.

Extracto de la motiva

En el presente caso, fue interpuesta una demanda por calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, contra la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez. Ahora bien, a los fines de verificar el Tribunal competente para conocer del presente asunto, considera la Sala necesario analizar el régimen legal que regula la relación de empleo entre el ciudadano OMAR ALEXIS BARRIOS CASTIBLANCO y la referida Universidad y en tal sentido se observa: El recurrente prestaba sus servicios como docente universitario con la categoría de “Profesor Agregado”, en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, desde el 1° de septiembre de 2001, hasta el 30 de septiembre de 2004, oportunidad en la que fuera notificado de su despido, el cual alega que fue injustificado. Determinado lo anterior, debe esta Sala realizar algunas precisiones respecto de la competencia para conocer de las acciones que interpongan los Docentes Universitarios, con ocasión de la relación laboral que mantienen con las Universidades. En tal sentido, debe señalarse que la jurisprudencia de esta Sala ha sido pacífica al sostener que ante una relación funcionarial o de empleo público, deben prevalecer los principios constitucionales relativos al juez natural y a la especialidad, conforme a la materia de que se trate. Así pues se ha establecido, incluso antes de la promulgación de la Ley del Estatuto de la Función Pública, es decir, bajo la vigencia de la Ley de Carrera Administrativa, que independientemente de que se excluya a determinados grupos de funcionarios de su aplicación, por imperio de dichos principios, todo lo concerniente a relaciones funcionariales debía ser conocido por el Tribunal de la Carrera Administrativa, ahora Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo Regionales. No obstante estima esta Sala, que existen relaciones laborales que requieren un tratamiento especial respecto del régimen competencial aplicable, como es el caso de los Docentes Universitarios, quienes desempeñan una labor fundamental y muy específica al servicio de las Universidades y de la comunidad, además de estar sujetos a un régimen especialísimo y determinado que no necesariamente se compara con el régimen aplicable a los funcionarios públicos.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que: 1.- Es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado. 2.- La COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda que por cobro de diferencial de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpusiera el ciudadano OMAR ALEXIS BARRIOS CASTIBLANCO, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ, corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines de la distribución correspondiente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciadespidoreenganchesalarios caídosdocente universitariojurisdicción contenciosauniversidadrelación laboral

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