La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acumulación de dos causas solicitada por el abogado Gervis Torrealba. Se determinó que ambas causas presentaban identidad de sujetos y objeto, lo que justificaba la acumulación para evitar sentencias contradictorias. La Sala destacó la importancia de la acumulación procesal para optimizar recursos y celeridad en la justicia.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre la acumulación solicitada por la parte recurrente en fecha 18 de octubre de 2011 y, a tal efecto, observa lo siguiente: La figura de la acumulación procesal consiste en la unificación -dentro de un solo expediente- de causas que tramitadas en dos o más expedientes revisten algún tipo de conexión o estrecha relación entre ellas a los fines de que éstas sean decididas mediante una sola sentencia y, así, evitar que eventualmente se dicten fallos contradictorios. Esta técnica, además de favorecer la celeridad procesal, optimiza el tiempo y los recursos al decidir en una sola sentencia asuntos respecto de los cuales no existe razón alguna para que se ventilen en distintos procesos. (Vid., entre otras, sentencias Nros. 00420 y 01246, de fechas 06 de abril y 13 de octubre de 2011). Así, la acumulación de varios procesos será viable cuando exista entre ellos una relación de accesoriedad, conexión o continencia, siempre que no esté presente alguno de los supuestos contenidos en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, relativos a la prohibición de acumulación de autos o procesos.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la acumulación solicitada por la parte recurrente. En consecuencia, se ordena acumular este expediente a la causa contenida en el expediente N° 2008-0994. Publíquese, regístrese y notifíquese. Agréguese copia certificada de esta decisión en el expediente N° 2008-0994. Remítase el expediente a la Secretaría de esta Sala. Cúmplase lo ordenado.