La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara que no tiene materia sobre la cual decidir debido al decaimiento del objeto de la consulta planteada. Esta decisión se basa en que la acción cautelar de amparo fue dejada sin efecto por una sentencia anterior dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 28 de mayo de 2003, que resolvió la causa principal. Por lo tanto, se ordena la devolución del expediente al tribunal de origen.
Extracto de la motiva
Dicho lo anterior y visto que la decisión cautelar sometida a consulta fue dejada sin efecto por la sentencia dictada el 28 de mayo de 2003 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia puso fin al juicio, se debe concluir que no hay materia sobre la cual decidir, al haber decaído el objeto de la presente causa. Así se decide.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR por el decaimiento del objeto de la consulta. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.