La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por Ambiorix Polanco Pérez contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, que lo destituyó de su cargo de Juez Titular. La Sala consideró que las imputaciones de falta disciplinaria eran válidas y que el recurrente no había demostrado la vulneración de su derecho a la defensa ni otros vicios alegados en su recurso. La decisión reafirma la autoridad de la Comisión en la evaluación de la conducta de los jueces y la importancia de la transparencia en el ejercicio de la función judicial.
Extracto de la motiva
La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en ejercicio de su potestad disciplinaria, considera que la conducta asumida por el Juez acusado constituye una actuación que atenta contra la respetabilidad del Poder Judicial, tal como fue imputado por la Inspectoría General de Tribunales a lo cual se adhirió el Ministerio Público; falta disciplinaria prevista en el numeral 2 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, que da lugar a la sanción de destitución y así se declara. En consecuencia, esta Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acusación formulada por la Inspectoría General de Tribunales a la cual se adhirió el Ministerio Público, en consecuencia, ABSUELVE al ciudadano AMBIORIX POLANCO PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.155.319, por sus actuaciones como Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, respecto del retardo imputado en la publicación de la sentencia correspondiente a la causa judicial Nº WP01-P-2004-000196, por considerarlo justificado; DESTITUYE al prenombrado ciudadano del referido cargo y de cualquier otro que ostente en el Poder Judicial por haber atentado contra la respetabilidad del Poder Judicial, de conformidad con el numeral 2 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, al omitir pronunciarse respecto a la contradicción que evidenciaban las comunicaciones emanadas de la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional no obstante la oposición del Ministerio Público; y al omitir pronunciarse valorando o desechando el testimonio del funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; faltas disciplinarias cometidas durante la tramitación de la causa judicial Nº WP01-P-2004-000196.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo interpuesto por el abogado AMBIORIX POLANCO PÉREZ, actuando en nombre propio y representación, contra el acto administrativo N° 1.571-2006 de fecha 2 de noviembre de 2006, dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra la decisión del 11 de octubre de 2006, emanada de la mencionada comisión, por la que se le destituyó del cargo de Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, así como de cualquier otro que ejerciese dentro del Poder Judicial, por haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en el numeral 2 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial. En consecuencia FIRME el acto administrativo impugnado.