DecisiónORDENA NOTIFICAR al Instituto Nacional de Canalizaciones.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un caso donde el Instituto Nacional de Canalizaciones demandó a S.M.V. Super Maquinarias Venezolanas, C.A. La Sala observó que la causa se encontraba en estado de practicar la citación de la demandada, lo que llevó a considerar la falta de actividad procesal por parte de las partes. Se ordenó la notificación al demandante para que informara si mantenía el interés en continuar con el juicio.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación a la perención de la instancia advertida por el Juzgado de Sustanciación. No obstante se observa que la presente causa se encuentra actualmente en estado de practicar la citación de la demandada S.M.V. Super Maquinarias Venezolanas, C.A., ello en virtud de haberse admitido la demanda incoada y ordenado su emplazamiento; ante tal situación, ha sido criterio de esta Máxima Instancia que las causas en las cuales se ha verificado una falta de actividad procesal por las partes se pueda declarar la extinción de la acción por pérdida de interés. En relación al señalamiento anterior debe atenderse a lo dispuesto por la Sala Constitucional (vid. Decisión Nº 1.153 de fecha 8 de junio de 2006, Caso Andrés Velásquez y otro), en el sentido de que el interés no solamente es esencial para la interposición de un recurso, sino que debe permanecer a lo largo de todo el proceso, al ser inútil y gravoso continuar con un juicio en el que no existe interesado. Por tanto, esta Sala estima pertinente ordenar la notificación de la parte demandante, esto es, el Instituto Nacional de Canalizaciones, a fin de que informe si conserva el interés para continuar con el presente juicio; para ello se le otorga un plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de que conste en autos su notificación. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones precedentes, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA NOTIFICAR al Instituto Nacional de Canalizaciones. Una vez que conste en autos dicha notificación quedará abierto el lapso de treinta (30) días continuos para que la representación judicial del instituto accionante manifieste si mantiene interés para continuar el procedimiento. Publíquese, regístrese y comuníquese. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
perencióninterésnotificación
Normas citadas
artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
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