La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por Wuilfrido Contreras contra la Resolución del Contralor General que confirmó su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por cinco años. La Sala admitió el recurso de nulidad, pero declaró improcedente la acción de amparo constitucional solicitada de forma conjunta, argumentando que no se evidenció la violación de derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurso contencioso administrativo de nulidad se interpuso contra un acto administrativo que impuso una sanción de inhabilitación. Se argumentó que el Contralor General no respetó el debido proceso y que la sanción fue impuesta sin un procedimiento adecuado. Sin embargo, la Sala concluyó que no se presentaron elementos que evidenciaran la violación de derechos constitucionales, lo que llevó a declarar improcedente la acción de amparo cautelar solicitada.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano WUILFRIDO CONTRERAS, en su condición de Concejal de la Cámara del Municipio Baruta del Estado Miranda, contra la Resolución N° 01-00-000191 dictada en fecha 03 de agosto de 2005 por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, mediante la cual se confirmó, la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de cinco (5) años. 2.- ADMITE, sin perjuicio de la verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la caducidad de la acción. 3.- IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida en forma conjunta con el recurso de nulidad a que se refieren las presentes actuaciones.
Palabras clave
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