La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Enrique Rafael Tineo Suquet, quien había sido destituido del cargo de Juez Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial fue considerada válida, ya que el recurrente incurrió en abuso de autoridad al declarar la nulidad de una sentencia firme, excediendo sus competencias legales. La Sala argumentó que los jueces de ejecución no tienen facultad para anular sentencias, lo que constituye un abuso de autoridad según la Ley de Carrera Judicial.
Extracto de la motiva
La actuación de los Juzgados de Ejecución creados por el Código Orgánico Procesal Penal como tribunales especializados y escindidos de los tribunales de conocimiento, comienza cuando el tribunal de juicio le envía copia de la sentencia definitivamente firme junto con el respectivo auto que declara la firmeza. Las competencias de tales tribunales se circunscriben a las incidencias que pudiera generar el cumplimiento de los fallos penales tanto en lo que se refiere a las penas corporales como a las patrimoniales y otras medidas conexas o accesorias. En ningún caso pueden los jueces de ejecución erigirse en una suerte de Alzada de los tribunales de juicio, para revisar los fallos que le son remitidos, por lo tanto, les está vedado emitir pronunciamientos que afecten la cosa juzgada que caracteriza a tales decisiones; ello fundamentalmente por dos razones: a. Porque ello no aparece comprendido dentro de las competencias que la ley ha atribuido a los juzgados de ejecución, y b. Porque de conformidad con el artículo 104 del Código Orgánico Procesal Penal -y sin perjuicio de la circunstancia de autos en la que la decisión anulada por el actor fue emitida por uno de los antiguos Tribunales de primera instancia en lo penal- tanto aquél como los jueces de control y de juicio, son jueces de primera instancia, esto es, de la misma jerarquía dentro de la organización de tribunales de la jurisdicción penal, pero en funciones de control, juicio o ejecución de sentencia, según se trate.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano ENRIQUE RAFAEL TINEO SUQUET, conjuntamente con acción de amparo cautelar y solicitudes de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra la decisión dictada el 2 de julio de 2002 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante la cual fue destituido del cargo de Juez Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, y de cualquier otro que ejerciera dentro del Poder Judicial. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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