Sentencia N° 1679 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de diciembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01679, Exp. 2010-1177, 01/12/2011
Expediente2010-1177
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-12-01
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN del recurso contencioso tributario y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Automotriz Bermar C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar su recurso contencioso tributario. La Sala analizó la solicitud de perención de la instancia presentada por la representación fiscal, concluyendo que no había transcurrido el lapso de un año para declarar la perención, ya que se habían realizado actos procesales necesarios para mantener el juicio en curso. Sin embargo, se determinó que la falta de impulso procesal por parte de la recurrente llevó a la declaración de perención de la instancia.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en el fallo apelado, los alegatos formulados en su contra por la contribuyente, así como la contestación del Fisco Nacional, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta contra la sentencia N° 060/2010 dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 22 de septiembre de 2010, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Automotriz Bermar C.A. No obstante lo anterior, debe la Sala preliminarmente conocer en consulta la declaratoria de improcedencia de la perención de la instancia, la cual no fue apelada por la representación fiscal, por cuanto, en caso de haber operado dicha perención, se extinguiría la instancia. Al efecto, conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008, “Toda sentencia definitiva contraria a la pretensión, excepción o defensa de la República, debe ser consultada al Tribunal Superior competente”, esta Sala Político-Administrativa, actuando como alzada natural y máxima instancia de la jurisdicción contencioso administrativa y tributaria, procede a realizar el análisis correspondiente al referido fallo, en la parte desfavorable al Fisco Nacional, no sin antes formular algunas precisiones en torno a la figura procesal de la consulta.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) Que PROCEDE la consulta. 2) CONSUMADA LA PERENCIÓN del recurso contencioso tributario y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perenciónrecurso contencioso tributarioSENIATAutomotriz Bermar C.A.

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