Sentencia N° 1676 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de octubre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01676, Exp. 2005-4441, 17/10/2007
Expediente2005-4441
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2007-10-16
DecisiónHOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de avocamiento presentada por la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A., decide homologar el desistimiento de dicha solicitud. Este desistimiento fue manifestado por el apoderado judicial de la sociedad, quien indicó que se había llegado a una transacción con el ciudadano JOSÉ LUIS TORREALBA, lo que llevó a la pérdida de interés procesal en el juicio.

Extracto de la motiva

Por diligencia de fecha 20 de septiembre de 2007, el apoderado judicial de la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A., expuso lo siguiente: “Consigno original de transacción realizada ante la Notaría Pública Primera del Estado Lara, con fecha 05/09/2007, mediante la cual el ciudadano JOSÉ LUIS TORREALBA, por una parte y las empresas empresas DELL’ACQUA C.A. y SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A., por la otra, ponen fin al juicio intentado por aquél contra aquella empresa y solidariamente contra mi representada SHYQCA. En la Cláusula Sexta de la transacción consta que el referido ex – trabajador desiste de la acción interpuesta por éste contra mi representada, razón por la cual ambas partes solicitan a esta Sala que devuelva el expediente contentivo del mencionado juicio a su tribunal de origen, a fin de que éste pueda proceder a la homologación de la presente transacción, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo tercero de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, a los fines de la cosa juzgada. En nombre de mi representada y en vista de que la misma ha perdido todo interés procesal en el referido juicio en virtud de la mencionada transacción, desisto de la solicitud de avocamiento y solicito ante esta Sala que el expediente sea regresado a su tribunal de origen”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A., en la causa contenida en el expediente identificado con el N° KP02-L-2003-0319 de la nomenclatura del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ LUIS TORREALBA, contra las sociedades mercantiles SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A. y DELL’ACQUA, C.A. Remítase el expediente identificado con el N° KP02-L-2003-0319 al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

avocamientodesistimientotransaccióndemanda laboralsociedad mercantiljusticiatrabajoEstado Lara

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