Sentencia N° 167 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de febrero de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00167, Exp. 2014-1562, 18/02/2016
Expediente2014-1562
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-02-17
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la falta de comparecencia del demandante a la Audiencia de Juicio fijada, declara desistido el procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por Frank Alexander Zurita Hernández contra la Resolución N° 01-00-000203 de la Contraloría General de la República. La decisión se fundamenta en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece que la inasistencia del demandante a la audiencia implica el desistimiento del proceso.

Extracto de la motiva

El artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone que una vez practicadas las notificaciones ordenadas en el auto de admisión dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes, el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio en la cual deberán concurrir las partes y los interesados. Establece además, que si el demandante no asistiese a la Audiencia el procedimiento se entenderá desistido. Al circunscribir el análisis de la mencionada norma al caso de autos, advierte la Sala que el 26 de mayo de 2015 se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el día “jueves 25.06.2015 a las once de la mañana (11:00 a.m.)”. Igualmente, se aprecia que llegada la oportunidad para la celebración del señalado acto, la parte actora no compareció, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente mediante auto de secretaría de fecha 25 de junio de 2015. (Vid., folio 76 del expediente). Sobre la base de lo expuesto y visto que la parte demandante no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada, esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en la demanda de nulidad ejercida por el ciudadano FRANK ALEXANDER ZURITA HERNÁNDEZ, antes identificado, contra la Resolución N° 01-00-000203 de fecha 12 de noviembre de 2013, emanada de la CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA (E). Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoaudienciaprocedimientojurisdiccióncontenciosoadministrativa

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