La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por Saúl Rafael Ron Braasch contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial que lo sancionó con destitución. Se argumenta que la decisión impugnada carecía de la firma de todos los jueces, lo que vicia de nulidad el pronunciamiento. La Sala concluye que la falta de firma y el voto salvado del juez presidente impidieron la constitución del órgano jurisdiccional, afectando el derecho al debido proceso del accionante.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, según se desprende de autos, la decisión accionada contó únicamente con el voto favorable de uno de los tres miembros de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, toda vez que el Juez Saúl Ron Braasch salvó el suyo y la Juez Silvia Tovar de Jofre no suscribió el pronunciamiento. En consecuencia, el órgano jurisdiccional no se constituyó como tal, visto que no concurrieron al pronunciamiento de la sentencia los jueces llamados por la ley a dictarla, privándose de este modo al accionante de su derecho fundamental a la Jurisdicción y, en particular, de sus derechos al juez natural y competente en segunda instancia, consagrados en el artículo 49, numerales 3 y 4, de la Constitución de la República, así como al debido proceso. En consecuencia, a tenor de las disposiciones previstas en los artículos 191 y 208 del Código Orgánico Procesal Penal, el pronunciamiento recurrido se encuentra viciado de nulidad absoluta, por cuanto, de conformidad con el artículo 516 eiusdem, el proceso penal en segunda instancia debe cumplirse ante la Corte de Apelaciones, integrada por tres jueces profesionales, garantía de la cual no disfrutó el accionante, quien resultó juzgado por el criterio de uno solo de los jueces, inepto dicho criterio para producir por sí solo efecto jurídico alguno.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano SAÚL RAFAEL RON BRAASCH, contra el acto administrativo emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual sancionó al recurrente con destitución del cargo de “Juez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, y de cualquier otro cargo que desempeñe en el Poder Judicial”. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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