Sentencia N° 1660 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de noviembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01660, Exp. 2010-0817, 30/11/2011
Expediente2010-0817
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-11-29
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por GARSOL, C.A., confirmando la improcedencia del comiso por falta de presentación del Certificado de Emisiones de Fuentes Móviles. Sin embargo, se revocó el pronunciamiento sobre la violación del derecho a la defensa, considerando que la contribuyente tuvo la oportunidad de presentar la documentación requerida. Se declaró procedente el comiso de 223 motocicletas modelo Dayun DY150 y se ordenó el desaduanamiento de las mercancías no comisadas.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la contribuyente importadora sí tuvo la oportunidad para intervenir en el acto de reconocimiento, inclusive presentado la documentación que no había acompañado junto con la declaración, así como de solicitar un segundo reconocimiento, lo que en definitiva no hizo, razones por las cuales considera esta Máxima Instancia procedente el vicio de errónea apreciación de los hechos alegado por la representación fiscal, por lo que se revoca en este aspecto la sentencia apelada. Así se declara.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la Procuraduría General de la República, en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia número 009-2010 de fecha 4 de junio de 2010, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental. En consecuencia: 1.1. Se CONFIRMA la declaratoria de improcedencia del comiso por la falta de presentación del Certificado de Emisiones de Fuentes Móviles. 1.2. Se REVOCA el pronunciamiento sobre la violación del derecho a la defensa. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la mencionada contribuyente. 3. Quedan NULAS las Actas de Reconocimiento Nos. SNAT-INA-UR-2009-C-108562 y 108566 del 12 de enero de 2009 y las Acta de Comiso números SNAT-INA-APPC-DO-2009-00001610 y 1611 del 26 de febrero de 2009.

Palabras clave

comisoderecho a la defensacertificado de emisioneslicencia de importación

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