Sentencia N° 166 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de abril de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00166, Exp. 2011-0524, 10/04/2019
Expediente2011-0524
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-04-09
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Francisco Álvarez Peraza, Vice-Presidente de Azertia Gestión de Centros Venezuela, S.A., contra la Providencia Administrativa que sancionó a la empresa con la suspensión del Registro Nacional de Contratistas. La Sala declaró sin lugar el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público, confirmando la decisión del Juzgado de Sustanciación que había declarado inadmisibles las pruebas promovidas por dicho órgano.

Extracto de la motiva

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento en la demanda de nulidad ejercida por el ciudadano Francisco Álvarez Peraza, antes identificado, actuando con el carácter de Vice-Presidente de la sociedad mercantil Azertia Gestión de Centros Venezuela, S.A., contra la Providencia Administrativa signada DG-2010-A-0122 de fecha 3 de septiembre de 2010, mediante la cual el Director General del Servicio Nacional de Contrataciones, entre otros aspectos, decidió suspender a la mencionada empresa del Registro Nacional de Contratistas por el lapso de tres (3) años contados a partir del 12 de abril de 2010. La aludida sanción fue impuesta sobre la base de lo dispuesto en el artículo 131, numeral 1, de la Ley de Contrataciones Públicas, al verificar la referida autoridad administrativa que “el Certificado de Inscripción con fecha de Emisión 05/03/2009 y Fecha de Vencimiento: 05/03/2010, presentado por [la sociedad de comercio demandante] en la modalidad de selección de contratistas celebrada por el Banco del Tesoro [para la prestación del Servicio de Elaboración de Papel valor (cheques para

Dispositiva

En atención a los razonamientos antes expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ROXANA ORIHUELA GONZATTI, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena y ante las Salas Constitucional, Político Administrativa y Electoral, contra el auto dictado el 8 de marzo de 2012 por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala. En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuestos en el auto apelado.

Palabras clave

nulidadsanción administrativaRegistro Nacional de Contratistas

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