Sentencia N° 1653 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de noviembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01653, Exp. 2011-0708, 30/11/2011
Expediente2011-0708
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-11-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Centrobeco, C.A. contra la Resolución N° GCE-SA-R-98-246, que impuso reparos fiscales y multas. Se revoca la confirmación de la improcedencia de deducción de créditos fiscales por incumplimiento de requisitos formales en facturas, determinando que solo un grupo de facturas adolecía de un requisito esencial. Además, se confirma la atenuante de responsabilidad penal tributaria otorgada a la contribuyente, desestimando el recurso de apelación del Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

La Sala ha considerado que el cumplimiento de los requisitos formales en las facturas es esencial para la deducción de créditos fiscales. Sin embargo, se ha determinado que no todas las facturas rechazadas por la Administración Tributaria carecían de requisitos esenciales, lo que lleva a la conclusión de que el Tribunal de la causa incurrió en un error al confirmar los reparos fiscales. La Sala también ha reafirmado la importancia de la atenuante de responsabilidad penal tributaria, considerando que la contribuyente no había cometido infracciones tributarias en los tres años anteriores a la infracción analizada.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por Centrobeco, C.A. contra la sentencia N° 1.764 de fecha 08 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. Se revoca la confirmación de la improcedencia de la deducción de créditos fiscales generados a favor de la empresa recurrente. Se confirma la procedencia de la atenuante de responsabilidad penal tributaria prevista en el numeral 4 del artículo 85 del Código Orgánico Tributario. Se ordena a la Administración Tributaria efectuar el recálculo de los reparos formulados a cargo de la empresa accionante.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioCentrobeco, C.A.Fisco Nacionaldeducción de créditos fiscalesatenuante de responsabilidad penal tributaria

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