Sentencia N° 1653 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de noviembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01653, Exp. 2009-0867, 18/11/2009
Expediente2009-0867
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-11-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana. El caso se refiere a un recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Asociación Técnica, C.A. contra una resolución del SENIAT que declaró inadmisible un recurso jerárquico por extemporáneo. La Sala determinó que la competencia para conocer del recurso corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, dado que la causa fue ejercida antes de la creación de los tribunales superiores en el interior del país.

Extracto de la motiva

El Tribunal observa que la regulación de competencia fue planteada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, al considerar que la competencia para conocer del recurso contencioso tributario interpuesto correspondía a los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En este sentido, dado que la instancia superior natural competente para conocer de las decisiones dictadas por los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Tributaria es esta Sala Político-Administrativa, así como a que el asunto objeto del juicio incoado es de naturaleza tributaria y, por tanto, propio de las materias que corresponden a esta Sala, declara su competencia para decidir sobre la solicitud de regulación formulada.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer de la solicitud de regulación de competencia planteada. 2.- Que CORRESPONDE AL TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN ZULIANA la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente ASOCIACIÓN TÉCNICA, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. HGJT-A-291 de fecha 17 de noviembre de 1995, dictada por la Gerencia Jurídico Tributaria del entonces Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico incoado por la contribuyente y firmes las Resoluciones Nros. HRZ-550-382 y HRZ-550-383, ambas de fecha 27 de septiembre de 1994, así como las planillas de liquidación que de ellas se derivan, todas emanadas de la Dirección General de Rentas de la Administración de Hacienda de la Región Zuliana, adscrita al Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas). Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana . Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

regulación de competenciarecurso contencioso tributarioSENIATASOCIACIÓN TÉCNICA, C.A.

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