Sentencia N° 165 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de junio de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00165, Exp. 2010-0660, 22/06/2022
Expediente2010-0660
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-06-22
DecisiónORDENA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la demanda por abstención presentada por el Municipio Baruta contra el Distrito Metropolitano de Caracas. La demanda se fundamentó en la falta de respuesta a una solicitud del Alcalde de Baruta sobre el estado de una obra de estabilización. La Sala, al examinar el caso, determinó que no había elementos que demostraran la satisfacción de la pretensión de la demanda y requirió información adicional sobre el proceso de supresión y liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas, que estaba en curso.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a este Máximo Tribunal dictar decisión sobre la demanda por abstención incoada por el Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, contra el IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 12 de 15 Distrito Metropolitano de Caracas, “en virtud de la omisión en que ocurrió al no dar respuesta a la solicitud realizada por el Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda mediante el oficio N° 1322, de fecha 23 de mayo de 2007, en la cual requirió información sobre el status de la obra de estabilización que viene ejecutando la Alcaldía del Distrito Metropolitano en el Talud ubicado en la Calle las Terrazas y la prolongación

Dispositiva

1.- Requerir a la parte actora se sirva informar si la pretensión objeto de la demanda fue debidamente satisfecha. 2.- Solicitar al Despacho de la Vicepresidencia de la República, por ser el ente encargado de la rectoría y conducción de las funciones de la Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas, al cual además se le atribuyó facultades de supervisión y control sobre las gestiones de la referida Junta, a los fines de que informe si durante el proceso de supresión y liquidación del referido ente, la Junta de Liquidación tomó en consideración la demanda por abstención o carencia que presentó ante este Máximo Tribunal el Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda contra ese órgano territorial y de ser afirmativo, consignar la documentación que así lo demuestre, o si el proceso concluyó sin tomar en consideración el referido reclamo, y de ser el caso, informar cual es la autoridad designada para gestionar los asuntos judiciales o administrativos pendientes.

Palabras clave

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