Sentencia N° 1635 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de octubre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01635, Exp. 2007-0787, 03/10/2007
Expediente2007-0787
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2007-10-02
DecisiónSe ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de mayo de 2006, y se declara válido el procedimiento seguido por ese Tribunal.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo, relacionado con una demanda por ejecución de fianzas interpuesta por el Instituto Nacional de Deportes contra la sociedad mercantil Seguros Corporativos. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto y declaró que el Juzgado Primero de Primera Instancia había actuado de manera incompetente al conocer la causa.

Extracto de la motiva

El presente conflicto negativo de competencia surgió con ocasión de la apelación ejercida por el apoderado judicial de la “sociedad mercantil CONSTRUCTORES FINANCIADORES C.A. (COFINACA) parte demandada (…)”, contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas dictada en fecha 17 de mayo de 2006, que declaró con lugar la demanda por ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento de contrato administrativo que incoara la representación judicial del Instituto Nacional de Deportes (IND) y remitió el expediente a la alzada natural, es decir, el Juzgado Superior (Distribuidor) en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial. El 12 de junio de 2006, previa distribución, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas recibió el expediente y en fecha 31 de julio de 2006, dictó sentencia declarándose incompetente para conocer de dicho recurso de apelación y declinó la competencia en las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Posteriormente, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 29 de noviembre de 2006, previa distribución, procedió a declararse incompetente por la cuantía y declinó la competencia en los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo, en donde el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital declaró igualmente su incompetencia y planteó el conflicto de competencia que aquí se analiza.

Dispositiva

1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado. 2. Que corresponde al Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital la competencia para conocer y decidir la demanda incoada. 3. Se ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de mayo de 2006, y se declara válido el procedimiento seguido por ese Tribunal. 4. Se REPONE la causa al estado de dictar nueva sentencia.

Palabras clave

conflicto de competenciaejecución de fianzasinstituto autónomojurisdicción contencioso-administrativasentenciacompetenciafidelidad de cumplimientocontrato administrativo

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