Sentencia N° 1634 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de diciembre de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01634, Exp. 2013-0977, 03/12/2014
Expediente2013-0977
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2014-12-02
DecisiónNotificar al abogado JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ BRICEÑO, para que comparezca personalmente ante la Secretaría de esta Sala Político-Administrativa a los fines de exponer de forma ORAL su pretensión, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por el abogado José Ignacio González Briceño, quien había presentado un escrito que resultó ininteligible. La Sala, en cumplimiento de su deber de garantizar el acceso a la justicia, ordenó la subsanación de errores en el escrito. A pesar de que el abogado presentó un escrito de subsanación, este no aportó claridad sobre su pretensión, lo que llevó a la Sala a considerar la inadmisibilidad del recurso. Sin embargo, se decidió notificar al abogado para que comparezca y exponga su pretensión de forma oral.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación al recurso de hecho incoado por el abogado José Ignacio González Briceño, para lo cual se observa lo siguiente: En fecha 10 de junio de 2013 el mencionado abogado consignó un escrito ininteligible en su contenido, lo que hizo difícil su comprensión y, por ende, la determinación de la pretensión del actor. Por esta razón, la Sala, orientada a garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la tutela judicial efectiva de la parte recurrente previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aplicó el despacho saneador conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y mediante decisión No. 00381 del 20 de marzo de 2014, ordenó notificar al abogado José Ignacio González Briceño, para que dentro de un lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación, subsanara los errores u omisiones del escrito presentado. El 22 de julio de 2014 el prenombrado abogado introdujo el correspondiente escrito de subsanación, pero como se evidencia de la transcripción realizada en el capítulo anterior, tampoco dicho escrito aportó claridad alguna sobre los motivos de hecho y de derecho de su pretensión. Por tanto, al subsistir ambigüedad y confusión en el escrito la Sala se encuentra impedida para determinar el contenido de la solicitud del abogado José Ignacio González Briceño.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena NOTIFICAR al abogado JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ BRICEÑO, para que comparezca personalmente ante la Secretaría de esta Sala Político-Administrativa a los fines de exponer de forma ORAL su pretensión, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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