Sentencia N° 1632 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de octubre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01632, Exp. 2004-2176, 03/10/2007
Expediente2004-2176
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-10-02
DecisiónHOMOLOGADO

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento presentado por la sociedad mercantil Telecomunicaciones MOVILNET C.A. contra el acto administrativo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. El abogado Víctor Álvarez Medina, en representación de MOVILNET, solicitó la homologación del desistimiento del recurso de nulidad y medida cautelar de suspensión de efectos, lo cual fue aceptado por CONATEL. La Sala, tras analizar la situación, declaró homologado el desistimiento, considerando que se cumplían los requisitos legales para ello.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del desistimiento formulado por el abogado Víctor Álvarez Medina, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Telecomunicaciones MOVILNET, C.A. (MOVILNET) contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº PADS-451 del 2 de junio de 2004, emanado de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Al respecto, se observa que mediante escrito presentado el 9 de agosto de 2007, el apoderado judicial de la parte accionante señaló lo siguiente: “Esta representación judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, (…) procede a DESISTIR expresamente, en nombre de la SOCIEDAD MERCANTIL TELECOMUNICACIONES MOVILNET C.A, (MOVILNET), DEL RECURSO DE NULIDAD INTENTADO CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS ante esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 20 de octubre de 2004, TANTO DE LA ACCIÓN INTENTADA COMO DE LA PRETENSIÓN INVOCADA contra el mencionado acto administrativo dictado por CONATEL. (…) SE DEJA MEDIANTE LA PRESENTE, EXPRESA CONSTANCIA de que CONATEL brinda su consentimiento y ACEPTA PLENAMENTE EL DESISTIMIENTO aquí efectuado por MOVILNET, lo cual dicho organismo hará constar mediante declaración expresada en la parte final de este mismo escrito. De igual forma, en atención a lo previsto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, mediante la presente se deja constancia de que CONATEL ACEPTA Y CONVIENE que el presente desistimiento efectuado NO GENERARÁ CONDENATORIA EN COSTAS A MOVILNET, lo cual igualmente CONATEL hará constar mediante declaración expresa en la parte final de este mismo escrito. En señal de aceptación y reconocimiento por parte de CONATEL, de todo lo aquí expuesto, y en especial del desistimiento aquí efectuado por nuestra representada, así como también del acuerdo de no condenatoria en costas a MOVILNET, por el mismo, suscribe este escrito en señal de conformidad el ciudadano Carlos Manuel Arvelaiz Herrera, titular de la cédula de identidad Nº 12.899.806, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.703, en su carácter de apoderado judicial de CONATEL en el presente proceso judicial, según se desprende de las actas que conforman el presente expediente.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento formulado por el abogado Víctor Álvarez Medina, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TELECOMUNICACIONES MOVILNET C.A., (MOVILNET), respecto al recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente ejercido con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa número PADS-451, de fecha 2 de junio de 2004, notificada el 2 de julio del mismo año, emanada de la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL), y suscrita por el ciudadano Alvin Lezama Pereira, en su carácter de Director General de la prenombrada comisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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