Sentencia N° 1625 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de junio de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01625, Exp. 2001-0617, 21/06/2006
Expediente2001-0617
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-06-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Alfarería Los Llanos, C.A. contra un acto administrativo del Concejo Municipal del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico. El acto impugnado había declarado sin lugar un recurso de reconsideración y revocado la venta de terrenos de origen ejidal a la mencionada sociedad, argumentando que la venta no cumplió con las formalidades legales requeridas.

Extracto de la motiva

Los apoderados judiciales de la sociedad mercantil Alfarería Los Llanos, C.A., fundamentaron el recurso de nulidad, en los siguientes argumentos: Que consta en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito (hoy Municipio) Leonardo Infante del Estado Guárico, en fecha 11 de junio de 1957, bajo el N° 108, folio 223, la venta que el Concejo Municipal del referido Municipio efectuara a su representada, de una porción de cien hectáreas (100 Has.) de terreno. Que mediante decisión de fecha 7 de noviembre de 2000, el mencionado Concejo Municipal aprobó la revocatoria de la venta antes indicada alegando entre otras cosas que la misma nunca fue autorizada, que la solicitud para adquirir los terrenos la presentó otra empresa y que no se indicó la superficie, los linderos, medidas y el precio del terreno. Que el Síndico Municipal presentó informe en el que se señalan tres razones para revocar la venta: “a) porque la Cámara Municipal nunca autorizó dicha venta (…). b) porque el día 5-11-55, fecha en la cual se acordó ésta, aún no se había registrado el documento constitutivo de Alfallanos (…) y c) que en el Acta del 5-11-55, no se indicó la superficie del terreno a vender (…)”.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ALFARERÍA LOS LLANOS, C.A. (ALFALLANOS), contra el Acto Administrativo S/N de fecha 12 de marzo de 2001, dictado por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO GUÁRICO, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido por dicha sociedad mercantil, contra la decisión S/N de fecha 7 de noviembre de 2000, dictada por el referido Concejo Municipal, mediante la cual se declaró la nulidad y revocatoria de la venta de una extensión de terreno.

Palabras clave

nulidadacto administrativoejidosderecho de propiedaddebido procesoConcejo MunicipalEstado Guárico

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